Esta sanción es la que la autoridad portuaria de Huelva podría haber sufrido si hubiera sido una entidad privada tras la inspección de la Agencia Española de Protección de Datos.
La AEPD ha resuelto que el Puerto de Hueva cometió tres infracciones contra la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD). En diciembre de 2010, una persona denunció ante al sistema de videovigilancia integrado en el puerto y que abarca un radio de varios kilómetros, pudiendo alcanzar a personas que transitan por dicho espacio transeúntes e incluso viviendas, sin avisar mediante carteles informativos de la recogida de imágenes, y sin indicar al la razón social del responsable del sistema ni dónde poder ejercitarse los derechos LOPD.
Igualmente, se denunció la existencia de tres líneas de teléfono de emergencias que grababan conversaciones (datos personales) no informando al interlocutor del motivo y la finalidad de la grabación como es obligatorio.
La AEPD instaba a que se acreditara en el plazo de un mes una resolución de la autoridad portuaria para que en el futuro no pueda producirse una nueva infracción. Según los especialistas en protección de datos, estas infracciones podrían haber supuesto para una empresa privada una multa de hasta 640.000 euros.
Fuente: La Vanguardia.