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¿Cómo salir del registro de morosos?

Maser legal somos abogados especialistas en caso de demanda por inclusión en el ASNEF de forma ilegal. Contamos experiencia y sentencias favorables que nos abalan.

La inclusión en un fichero de morosos es algo común para presionar y así solventar una deuda. Algunas de las consecuencias pueden ser denegarte una tarjeta o incluso poder contratar un seguro de luz, teléfono o gas.

En Maser Legal os ayudamos para saber como salir del registro de morosos.

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MASER LEGAL es una Sociedad Limitada Profesional que garantiza unos servicios eficientes para  que la persona que se encuentra en un fichero de morosos pueda recurrir su situación. Somos abogados con años de experiencia y casos de éxito en los que se ha solicitado la indemnización por la inclusión indebida de datos personales en estos ficheros.
Nuestro equipo lo componen abogados expertos en la implantación de sistemas para cumplir la normativa de protección de datos personales vigente, ficheros de morosidad y derechos en internet, apoyados en especialistas en seguridad de sistemas de información.

Abogados expertos en la ley de protección de datos

ASNEF corresponde a las siglas de Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, o en otras palabras un fichero de morosos.

¿Y que es un fichero o libro de morosos? En un registro de personas o entidades que tienen alguna deuda pendiente de abonar. El fichero de ASNEF sirve para localizar aquellas personas o entidades que no tienen solvencia.

Cabe destacar que no es necesario deber una gran cantidad de dinero, basta con una factura de telefonía sin pagar para poder ser incluido en la lista de morosos.

Para saber si estas dentro de alguno de estos ficheros de morosos debes contar con cierta información:

  • ASNEF: con el DNI o NIF, dirección postal y documentación sobre la deuda.
  • CIRBE: se puede acceder con el DNI y rellenando un formulario.
  • RAI: para conocer si se está dentro, basta con el CIF y completando un formulario web.

Para salir de la lista de morosos antes de que venzan los 5 años legales se debe solventar la deuda que quede pendiente y exigir la factura o el documento que lo acredite.

Una vez se tiene esa información se debe enviar a la base de datos de morosos en la que estemos junto con nuestra copia del DNI, el recibo que hemos solicitado previamente y un escrito solicitando la salida inmediata del libro de morosos.

Lo más rápido suele ser realizarlo de manera presencial o por burofax, y si no se recibe una contestación se debería poner una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos.

Actualmente las listas de morosos están reguladas por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Esto implica varios puntos:

  • No podemos ser incluidos antes de 4 meses desde el inicio del impago.
  • La cantidad mínima es de 50 euros, 300 si somos personas jurídicas.
  • Se debe comunicar con un mes de antelación.
  • En este tiempo tenemos derecho a corregir o reclamar los datos incluidos en la lista.
  • Si tenemos varias deudas, estas deberán estar incluidas por separado.
  • No es posible permanecer en la lista durante más de 5 años.
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