Desde el primer instante en el cual un hostelero recopila datos de personas físicas (clientes y personal) debe cumplir con todas las exigencias de la LOPD, desde inscribir los ficheros en el Registro General de Protección de Datos, hasta informar de sus tratamientos conforme al art. 5 de la Ley, pasando por la elaboración e implantación de un Documento de Seguridad.
Datos de personal, si no existen trabajadores en nómina, no será necesario declarar y regularizar el fichero de personal; pero una vez contratado el primer empleado el fichero debe cumplir con las garantías exigidas por la legalidad vigente en materia de protección de datos personales.
No obstante, que ningún empresario hostelero se asuste. Se trata de labores sencillas que no van a cambiar para nada su metódica de trabajo y trato con el cliente, y para las cuales hay ofertas de precios asequibles para el cumplimiento LOPD de pequeñas entidades.
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