Sí que sufren inspecciones de oficio las grandes entidades, especialmente las que utilizan herramientas de marketing masivo. Una pyme, por grande o importante que sea, no es factible que reciba este tipo de “visita no deseada”.
Sin embargo, la AEPD debe actuar ante la denuncia de un ciudadano. Estas denuncias pueden ser fácilmente interpuestas en la propia web de la agencia e inician un proceso inspector que únicamente concluye con archivo o con sanción. El denunciante, que puede ser un cliente descontento o un trabajador enfadado, no puede parar el proceso inspector una vez se ha iniciado.
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