Las llamadas spam siguen interrumpiendo reuniones, comidas y, a veces, el descanso. Pese a los cambios normativos y los anuncios de endurecimiento del control, buena parte de los usuarios percibe que el problema no remite. Conviene poner orden: entender qué se considera “llamada comercial no solicitada”, cuándo es lícita, qué límites impone la ley y, sobre todo, qué pasos prácticos podemos desplegar para proteger derechos, reducir el acoso y actuar frente a infracciones.
Los datos recientes muestran una realidad incómoda para el usuario: la presión no ha desaparecido y muchas personas perciben incluso más llamadas que antes de las últimas medidas.
En octubre de 2025, FACUA difundió una encuesta según la cual el 36,5% de los usuarios afirma recibir más llamadas comerciales no deseadas que antes de las últimas medidas del Gobierno; otro 36,3% percibe un volumen similar. Estos datos fueron recogidos por medios nacionales.
A partir del 7 de junio de 2025, está prohibido usar numeración móvil para llamadas comerciales no solicitadas; solo pueden realizarse desde numeración geográfica o números 800/900, y los operadores deben bloquear numeración vacía o no atribuida y llamadas internacionales que simulan ser españolas. Esto reduce el fraude, aunque algunos actores intentan eludirlo.
En este contexto, el objetivo práctico es doble: reducir el volumen que recibimos y dejar rastro probatorio cuando proceda denunciar.
Las llamadas spam no se combaten solo con bloqueos: la clave es distinguir cuándo una llamada comercial está amparada por la ley y cuándo cruza la línea. Entre supuestos lícitos y conductas prohibidas, el matiz importa. En síntesis:
No es lícito:
Antes de denunciar, conviene reducir el impacto diario y guardar prueba. El enfoque combina oposición previa, bloqueos técnicos y trazabilidad de cada contacto.
Empieza por Lista Robinson y añade Stop Publicidad como refuerzo. Marca todos los canales (teléfono, SMS/MMS, email y postal), guarda el PDF/confirmación y ten en cuenta que el efecto puede tardar unas semanas.
Crea una carpeta con justificantes y revisa a los 45–60 días si siguen contactando; te servirá como prueba en caso de denuncia.
Activa el filtro nativo del móvil y, si lo necesitas, usa una app de identificación reputada. Pide a tu operadora el bloqueo en red y el canal para reportar numeraciones.
Un truco útil: crea un contacto “No contestar” con tono silencioso para números que se cuelan. Mantén sistema y apps actualizados para mejorar la detección.
Cuando se identifique la empresa, ejerce oposición y solicita tu inclusión en su lista interna. Refuérzalo por un medio trazable (email/formulario de derechos) y pide confirmación por escrito.
Si alegan consentimiento, exige prueba (fuente, fecha y finalidad). Ten a mano un texto tipo con esas tres ideas para enviarlo en segundos.
Anota fecha, hora, número, empresa y un resumen breve de la llamada. Puedes grabar tus conversaciones para conservar prueba (no la difundas). Guarda capturas del historial y cualquier email/SMS posterior.
Si hubo contratación, exige confirmación escrita y valora desistimiento o impugnación si no lo autorizaste. Una hoja de cálculo con estados (p. ej., “oposición enviada / sin respuesta / reclamación presentada”) ordena el caso.
Primero exige cese a la empresa adjuntando tus pruebas. Si continúan o el tratamiento es ilícito, presenta reclamación en la AEPD (publicidad no deseada) con relato cronológico y anexos.
En paralelo, para altas no solicitadas o prácticas desleales, acude a Consumo y, con tu operadora, pide trazabilidad y bloqueo de números reincidentes.
Mantén coherencia: oposición trazable, incumplimientos documentados y anexos claros aceleran el cese y mejoran el resultado.
Cuando persisten las llamadas comerciales no solicitadas o han ignorado tu oposición, la vía ante la AEPD es el cauce adecuado. Nuestra propuesta combina orden probatorio, encaje jurídico y una tramitación clara para que el expediente avance sin tropiezos.
Cumplir no es simplemente “no llamar”, sino acreditar que cada contacto tiene base jurídica y que el usuario puede oponerse sin fricción. La clave es ordenar el ciclo de marketing con trazabilidad: por cada canal (teléfono, SMS, email) y por cada marca, definimos la base jurídica aplicable y conservamos prueba verificable del consentimiento cuando proceda (fuente, fecha y texto informativo; incluso doble opt-in si encaja). Toda oposición debe registrarse y aplicarse de inmediato, dejando constancia de la baja.
Antes de cualquier campaña, resulta imprescindible depurar la base frente a listas de exclusión (Lista Robinson y, desde 2025, Stop Publicidad). Lo eficiente es automatizar la consulta periódica, anotar la fecha y bloquear técnicamente la reentrada de contactos excluidos. Esa higiene previa reduce incidencias y demuestra diligencia.
La política de marcación debe ser inequívoca: campañas desde numeración identificable (geográfica o 800/900), nunca móviles personales, sin spoofing ni CLI oculto. Añadimos ventanas horarias razonables, límites de frecuencia y exclusiones de colectivos sensibles. Si intervenimos con call centers, pedimos contratos de encargo de tratamiento, evidencia de consulta a listas y medimos KPIs de cumplimiento.
El equipo necesita formación continua y supervisión. Los guiones incluyen una cláusula informativa clara (origen del dato, finalidad y derecho de oposición), se valida el consentimiento antes de vender y se tramitan las bajas durante la propia llamada. A partir de ahí, monitorizamos reclamaciones y reincidencias para ajustar reglas y prevenir patrones de riesgo.
Por último, conviene coordinar medidas técnicas con los operadores: integración de APIs de bloqueo, reglas que impidan volver a marcar a quien ya se opuso y un circuito de resolución temprana de quejas (respuesta, acreditación y cese) que contenga el impacto jurídico y reputacional. Evitamos así los errores más caros: ausencia de prueba del consentimiento, confundir spam con suplantación, no registrar la lista interna y no coordinar adecuadamente AEPD, Consumo y operador para cerrar el grifo técnico.
Los planes de bloqueo a nivel de red han demostrado eficacia agregada, pero la estadística pública convive con la percepción ciudadana de que las llamadas no disminuyen de forma clara.
Hay varias explicaciones:
A ello se suma que buena parte de la inversión pública y privada se ha orientado a frenar fraude y suplantación (p. ej., smishing o spoofing), con millones de comunicaciones cortadas, mientras que la frontera de la llamada comercial “pesada” sigue siendo un campo de batalla con incentivos cruzados.
Si estás harto de llamadas spam, la combinación de listas de exclusión, bloqueos técnicos y denuncias bien armadas funciona.
Nosotros nos encargamos de coordinar las piezas: prueba, calificación legal y ejecución ante la AEPD y operadores. Damos cobertura tanto a particulares como a empresas que necesitan cumplir y minimizar la exposición sancionadora.
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