Acabar con la fragmentación sobre las normativas Europeas, adaptarse a las nuevas tecnologías y en definitiva proteger en mayor medida la información privada y los datos personales de los usuarios, son los principales objetivos del nuevo proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos aprobado por el Consejo de Ministros.
Se aprueba así un Proyecto dedicado a adaptar las leyes Españolas a las comunitarias, buscando una mayor homogeneización y una mayor protección para los datos de carácter personal.
Con esta nueva legislación se esperan cambios en el tratamiento de los datos, el procedimiento de recogida y el consentimiento. Además aparecerán nuevas e importantes figuras que estarán presentes a lo largo de todo el uso de los datos como veremos a continuación.
Esta reforma trae consigo importantes cambios que afectan tanto a menores, como a los datos personales de personas fallecidas y al tratamiento de la información de diferente índole. Algunos de estos cambios son:
· Adelanto de la edad para otorgar válidamente el consentimiento a los TRECE años.
· Desaparece el consentimiento tácito para el tratamiento de datos de personas. Se sustituye ahora por el consentimiento expreso del afectado y su derecho a la confidencialidad.
· Se informará de manera obligatoria sobre el uso de datos a los usuarios. Además, estos cuentan ahora con el derecho al acceso, rectificación, eliminación, limitación de sus datos personales así como a la oposición a su utilización por parte de terceros.
· Se prohíbe también el almacenamiento de datos o información personal que pueda dar pie a situaciones de discriminación. Como son la religión y otras ideologías, la orientación sexual o por ejemplo la afiliación sindical.
· Se regula y restringe también el uso y almacenamiento de datos de “interés público”. Estos datos son por ejemplo los recogidos para la estadística pública, denuncias en el sector privado o la videovigilancia entre otros.
Dada evolución en las tecnologías y el proceso de globalización que no cesa, se necesitan leyes que protejan a los usuarios y sobre todo, a su privacidad.
La tecnología conlleva grandes ventajas y beneficios, pero también entraña una serie de riesgos que pueden afectarnos de manera directa.
Para evitarlo y con la finalidad de adaptar la normativa nacional a la Europea, el nuevo Proyecto incluirá ahora medidas para el control de la recogida, tratamiento, almacenamiento y uso de datos que derivará en cambios a nivel de software y hardware en empresas e instituciones.
Como ya hemos comentado en artículos anteriores, tras la entrada en vigor de este Reglamento Europeo de Protección de Datos Personales, aparecerá la figura del Abogado Especialista en Protección de Datos, denominado como DPO (data protection officer).
Dicho profesional se incluye en las empresas con la finalidad de asistirlas y asesorarlas hacia el correcto cumplimiento de la nueva normativa, así como para informar a la AEPD sobre el tratamiento de los datos personales dentro de la compañía, así como de las incidencias y alcance de las mismas.
Con este nuevo Abogado Especialista, se espera una mejor adaptación de de empresas e instituciones al nuevo Reglamento, siempre velando por los derechos y protección de usuarios y consumidores.
Estos son solo algunos de los cambios que trae consigo el Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal aprobado recientemente y que ayudará a cumplir con el Reglamento Europeo que entrará en vigor el 25 de mayo del próximo año 2018.
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