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Doctor inhabilitado y condenado a más de un año de cárcel por acceder a los datos personales de un paciente

Un médico de familia de la localidad de Reinosa, ha sido sentenciado a un año y tres meses de cárcel, más tres de inhabilitación y al pago de dos multas por acceder al historial clínico con datos personales del amante de su mujer.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a este médico, tras considerarlo culpable de un delito de descubrimiento de secretos puesto que accedió sin consentimiento a los datos clínicos y personales del afectado utilizando sus credenciales como profesional.

Los hechos que le han llevado a ser condenado

El profesional sanitario, fue sentenciado tras el juicio celebrado el 16 de junio por los delitos cometidos tras demostrarse que accedió a determinados datos personales.

El doctor, utilizando sus credenciales personales para acceder a la base de datos personales y clínicos de la aplicación informática del centro de salud.

Una vez hubo accedido, consultó tanto el historial clínico del afectado como los resultados de varias pruebas bioquímicas, entre otras. Cometiendo en consecuencia un delito contra la privacidad de dicho paciente y la confidencialidad de estos datos e informes.

La defensa del doctor, sin efectividad alguna, se basó en que aquellos informes pertenecían al amante de su mujer y que por temor a sufrir algún tipo de enfermedad de transmisión sexual, decidió “verificar” los resultados de diferentes pruebas y despejar sus dudas.

A pesar de ello, la Audiencia Provincial opina que «el mero hecho de ser médico no autoriza para acceder a los datos de salud de quienes no son sus pacientes» y ha acabado considerándole culpable e imponiendo importantes penas.

Ahora, el funcionario, deberá permanecer en prisión durante un año y tres meses, además de cumplir con tres años de inhabilitación absoluta, pagar una multa de 4.050 euros y con la finalidad de indemnizar al amante de su mujer, y estará obligado a pagar hasta 2000 euros por el daño moral causado.

Delito sí, pero no continuado

La sentencia, se basa en el artículo 198 del Código Penal puesto que se trata de un funcionario público y a través de su aplicación la AP dictó su sentencia.

Hay que remarcar que la pena, podría haber sido aun mayor, pues la Fiscalía pidió que se considerase el delito como “revelación de secretos”, pero finalmente no fue así y los años de prisión se redujeron a la mitad.

Por otro lado, se ha determinado que el doctor, cometió un delito de “descubrimiento de secretos” pero que este no fue continuado. Esto se debe a que aunque el profesional consultó más de una vez el historial con datos personales del amante,  estos accesos no se dieron en un lapso de tiempo prolongado.

Como se puede ver, acceder de manera ilegal y sin consentimiento a los datos personales o la información de terceros, en este caso pacientes, puede acarrear como consecuencia penas de importancia.

Si tienes más dudas sobre la privacidad de tus datos personales, no dudes en contactar con nosotros. MASER LEGAL, expertos en Ley de Protección de Datos.

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