En 2015, una usuaria de Madrid sufrió una usurpación de su identidad. Una persona de otra provincia empleó sus datos personales, incluyendo nombren y DNI, la cual suscribió un contrato con la compañía AVON. La multa ascendió a 56000€ por usar de manera inadecuada los datos personales de una mujer que terminó en un fichero de morosos.
En estos casos, el primer paso a seguir es asistir a una comisaría para interponer una denuncia por su usurpación de identidad a la vez que se realiza el derecho de acceder a los principales ficheros de solvencia patrimonial del país, como ASNEF-EQUIFAX, CIREX o INFODEUDA.
La plataforma ASNEF contactó con el bufete de abogados que llevaba el caso para explicar que la víctima mantenía una deuda con AVON de 471, 31 euros. Aunque la damnificada aseguraba que nunca había mantenido una relación con dicha empresa. Además, nunca había recibido una notificación de pago pendiente, porque en el contrato aparecía el domicilio de otra persona.
Al informar sobre la inclusión indebida en un fichero de morosos, se informa así a su vez del incumplimiento por parte de la compañía de confirmar la veracidad de los datos personales que el usurpador entregó sin el consentimiento de la víctima.
Al interponer la denuncia a la Asociación Española de Protección de Datos, la compañía AVON aporto documentos en los que se mostraban que existía un contrato por la afectada, pero en ningún momento se comprobó que los datos fueran reales ya que la damnificada aparecía en otra provincia a la que nunca había visitado.
De esta manera, se descubrió que otra persona había hecho uso de su DNI para suscribir un contrato con la empresa.
La AEPD sancionó a AVON con un total de 56000€ por incumplir la normativa de protección de datos, ya que no había cumplido con los requisitos establecidos por la ley vigente. Así, la damnificada pudo solicitar una indemnización por incluirla en un fichero de solvencia patrimonial.
Es recomendable que se realicen su derecho de acceso a los diferentes ficheros de morosos que existen. Debemos tener en cuenta estos aspectos para saber desde dónde proceden las deudas, si existen y nos incluyen en un fichero de morosos.
Por norma general, antes de incluirte en un fichero, te reclaman la deuda y te mandan una notificación sobre la inclusión a este fichero. Aunque se realiza por correo ordinario, por lo que en ocasiones es complicado probar dicha inclusión.
La inclusión indebida a un fichero de morosos es un gran perjuicio, por lo que será necesario acudir a la AEPD para que pueda sancionar a la empresa.
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