Se solicitó al BOE que aplicase medidas que impidiesen a Google indexar sus datos personales publicados en el boletín. La respuesta fue que no aplicaría las medidas hasta que pasara el tiempo por el que la persona no debía cometer delitos. De este modo, se concluiría la finalidad de la publicación del indulto.
La AEPD ha dado la razón al BOE en el caso TD/01018/2012.
Las llamadas comerciales no deseadas continúan siendo una fuente de frustración para muchos usuarios, a…
Uniqlo, la conocida cadena japonesa de ropa, ha recibido una sanción de 270.000 euros por…
La digitalización ha tomado un papel protagonista en nuestro día a día, la presencia en…
El manejo inadecuado de datos personales por parte de entidades públicas puede tener consecuencias significativas,…
En los últimos tiempos la proliferación de incidentes relacionados con el uso indebido de información…
La protección de datos es un tema crucial en la era digital. Cada vez más…